23/01/2020 | | Enfoque

¿Cuáles son los beneficios del Bono Fiscal 2020?

El decreto gubernamental que prorrogó el sistema incluye una serie de medidas de estímulo para la industria de bienes de capital.

Por Jorge Freites
+54 351 6640905
[email protected]
Por Jorge Freites
+54 351 6640905
[email protected]

El Gobierno Nacional extendió hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia del régimen de incentivos para los fabricantes argentinos de bienes de capital.

De esta manera, el de nominado Bono Fiscal podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales y el cálculo del mismo se realizará de acuerdo con una serie de disposiciones.

En primer lugar, para las solicitudes de emisión de bonos de crédito fiscal por facturas emitidas hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, el beneficio a otorgarse será equivalente al 50% del valor que resulte de la sumatoria de los siguientes componentes aplicables al valor de los bienes de capital abarcados por el régimen:

  • 1) 6 % del importe resultante de detraer del precio de venta el valor de los insumos, partes o componentes de origen importado incorporados al bien, que hubieren sido nacionalizados con un derecho de importación del 0 %.
  • 2) 8 % del importe resultante de detraer del precio de venta el valor de los insumos, partes o componentes con referencia en el punto anterior y el valor de los insumos, partes o componentes que hubieren sido nacionalizados con un derecho de importación superior a 0 %.

Pymes

Para las solicitudes de emisión de bonos fiscales por parte de empresas calificadas como Micro, Pequeñas o Medianas, el beneficio a otorgarse será el equivalente al 60 % del valor que resulte de la sumatoria de los componentes incluidos en los puntos 1) y 2).

Adicionalmente, el beneficio podrá ser incrementado hasta en un 15 % de su cuantía, en la medida que los beneficiarios acrediten, con cada solicitud, la realización de inversiones destinadas a la mejora de la productividad, la calidad y la innovación en procesos y productos.

A tales efectos, podrán computarse hasta un equivalente al 70 % del valor de las inversiones realizadas en innovación, investigación y desarrollo tecnológico, facturadas y efectuadas a partir del día 1° de enero de 2019.

Las inversiones deberán vincularse a proyectos y servicios tecnológicos desarrollados por Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT) habilitadas u organismos o entidades inscriptos en el Registro de Organismos y Entidades Científicas y Tecnológicas (ROECyT).

Noticias

[VIDEO] Tristar: La atomizadora triple

[VIDEO] Trackzilla: El manipulador telescópico más grande del mundo

[VIDEO] El camión trasportador de megafardos de Fliegl

[VIDEO] VAX: La «joya» robotizada de Metalfor